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NOM-002-STPS-2010: CONDICIONES DE SEGURIDAD - PREVENCION Y PROTECCION CONTRA INCENDIOS EN LOS CENTROS DE TRABAJO

Cinco Preguntas Frecuentes sobre la NOM-002-STPS-2010:
CONDICIONES DE SEGURIDAD - PREVENCION Y PROTECCION CONTRA INCENDIOS EN LOS CENTROS DE TRABAJO.

1. ¿Cuál es la multa por el incumplimiento a la NOM-002-STPS-2010?

El artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo sanciona a cualquier empresa que incumpla con la implementación de la Normatividad en seguridad e higiene, el monto mínimo es de 250 UMAS, y el máximo es de 5,000. La autoridad tiene facultad para aplicar la que considere mas acorde a la gravedad e intencionalidad de la empresa infractora.

2. ¿Quién debe cumplir con la clasificación de riesgo de incendio según la NOM-002-STPS-2010?

Todos los centros de trabajo en territorio mexicano deben contar obligatoriamente con un estudio actualizado para clasificar su riesgo de incendio (ordinario o alto), ya sea de forma integral o por áreas específicas, plantas o niveles.

3. ¿Qué documentos y programas exige la Secretaría del Trabajo para la prevención de incendios?

La STPS requiere el estudio de riesgo de incendio, croquis detallado con rutas de evacuación, instrucciones específicas de seguridad, programas anuales de revisión de instalaciones eléctricas y de gas, plan de atención de emergencias, conformación de brigadas contra incendio y bitácoras mensuales de inspección de extintores y equipos.

4. ¿Con qué frecuencia se deben realizar los simulacros de incendio obligatorios?

De acuerdo con el capítulo 10 de la Norma, los centros clasificados con riesgo ordinario deben ejecutar y registrar simulacros al menos una vez al año, mientras que los centros con riesgo de incendio alto deben realizarlos como mínimo dos veces al año.

5. ¿Qué documentos debe presentar una empresa para cumplir con la NOM-002-STPS-2010, y evitar una multa?

La lista completa de todos los documentos, estudios, manuales, programas y capacitación a que obliga esta NOM, se detallan a continuación. Estos deben ser presentados durante las visitas de inspección o en el procedimiento administrativo sancionador.

Documentos que elaboramos en relación con la NOM-002-STPS-2010 CONDICIONES DE SEGURIDAD - PREVENCION Y PROTECCION CONTRA INCENDIOS EN LOS CENTROS DE TRABAJO

1.- Estudio para la clasificación del riesgo del incendio del centro de trabajo o por áreas que lo integran, tales como plantas, edificios o niveles, de conformidad con lo establecido en el Apéndice A de la Norma.

Especialista realizando el levantamiento de información para elaborar el estudio de clasificación del riesgo de incendio en 
         planta industrial


2.- Acta y la minuta correspondientes a la verificación satisfactoria del cumplimiento de la presente Norma, que emita la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en el marco de las evaluaciones integrales del programa de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo, tratándose de centros de trabajo con riesgo de incendio alto.

Representantes recibiendo documento de verificación satisfactoria de cumplimiento de seguridad contra incendios


3.- Programa de revisión a los medios de detección y equipos contra incendio, al igual que los sistemas fijos de protección y alarmas de incendios.

Técnico probando y revisando los medios de detección y sistemas de alarma contra incendios


4.- Programa anual de revisión a las instalaciones eléctricas de las áreas del centro de trabajo, con énfasis en aquellas clasificadas como de riesgo de incendio alto, a fin de Identificar y corregir condiciones inseguras que puedan existir.

Ingeniero electricista revisando tableros eléctricos para identificar condiciones inseguras


5.- Programa anual de revisión a las instalaciones de gas licuado de petróleo y/o natural, a fin de Identificar y corregir condiciones inseguras que puedan existir.

Técnico especializado inspeccionando líneas de gas LP y conexiones en el centro de trabajo


6.- Programa anual teórico práctico, en materia de prevención de incendios y atención de emergencias, para capacitar a los trabajadores y a los integrantes de las brigadas contra incendio.

Trabajadores brigadistas, siendo capacitados en el programa anual teórico práctico en prevención de incendios


7.- Planeación de los simulacros de emergencias de incendio.

Reunión técnica para la planeación detallada de simulacros de evacuación por incendio


8.- Croquis, plano o mapa general del centro de trabajo, o por áreas que lo integran, colocado en los principales lugares de entrada, tránsito, reunión o puntos comunes de estancia o servicios para los trabajadores.

Croquis y plano general de rutas de evacuación y ubicación de extintores instalado en un pasillo


9.- Instrucciones de seguridad para la prevención y protección de incendios aplicables en cada área del centro de trabajo al alcance de los trabajadores y supervisión de cumplimiento.

Ejemplo de instrucciones de seguridad para la prevención y protección de incendios


10.- Plan de atención de emergencias de incendio, conforme al capítulo 8 de la Norma.

Documento estructurado del Plan de Atención de Emergencias de Incendio listo para revisión


11.- Registro que acredite que se desarrollan simulacros de emergencias de incendio al menos una vez al año, en el caso de centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio ordinario, y al menos dos veces al año para aquellos con riesgo de incendio alto, conforme al capítulo 10 de la Norma.

Bitácora y registro oficial de los simulacros de emergencias de incendio realizados


12.- Documento que acredite que cuenta con brigadas contra incendios en los centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio alto, en los términos del capítulo 9 de la Norma.

Documento que acredita que se cuenta con brigadas contra incendios


13.- Documento que acredita que se difunden entre los trabajadores, contratistas y visitantes, según corresponda las instrucciones de seguridad para la prevención de incendios aplicables en cada área del centro de trabajo.

Grupo de contratistas siendo capacitados en las instrucciones de seguridad para la prevención de incendios aplicables en cada 
         área del centro de trabajo


14.- Documento que acredite que se capacitó a los trabajadores y a los integrantes de las brigadas contra incendio, con base en el programa de capacitación anual teórico-práctico, en materia de prevención de incendios y atención de emergencias, conforme a lo previsto en el capítulo 11.

Brigadista exhibiendo Diploma que se capacitó contra incendio


15.- Documento que acredite que se otorga capacitación sobre el manejo seguro de materiales inflamables o explosivos, en casos de emergencias.

Brigadistas participando en capacitación de fuego real y combate de incendio


16.- Registro de los resultados de la revisión mensual a los extintores.

Brigadistas realizando la revisión mensual de los extintores


17.-Registros de resultados de los programas anuales de revisión y pruebas de equipos contra incendio.

Carpeta donde se muestran los resultados de las revisiones y pruebas a los equipos para incendios


18.- Registros de resultados de los programas anuales de revisión a las instalaciones de gas licuado de petróleo y/o natural.

Bitácora conteniendo los resultados de la revisión del gas licuado de petróleo


19.- Registros de resultados de los simulacros de emergencias de incendio.

Registros de resultados de los simulacros de emergencias de incendio


NOTA.- No olvides que el artículo 994, fracción V de la Ley Federal del Trabajo faculta a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a imponer multas que van de las 250, como sanción mínima y un máximo de hasta 5,000 UMAS por cada violación a la NOM-002-STPS-2010. Esto en fecha posterior a una visita de Inspección Extraordinaria de Seguridad e Higiene, o de Comprobación de Medidas.

Empresario realizando pago de multas impuestas por los inspectores de Secretaría del Trabajo y Previsión Social

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