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CURSO EN LINEA:
7, 8 Y 9 DE SEPTIEMBRE 2026.

Tel. 55 4221 7040   |   rafael@rafael.com.mx

¿QUIERES APRENDER A REGULARIZAR UNA EMPRESA EN SEGURIDAD E HIGIENE, CON LAS NORMAS OFICIALES MEXICANAS?

Cinco Preguntas más Frecuentes sobre el Curso: COMPENDIO DE NORMAS OFICIALES MEXICANAS EN MATERIA DE SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIAL

1. ¿Qué es una Norma Oficial Mexicana?

En general todas las visitas de inspección Extraordinarias que practica la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, son completamente legales, siempre Y cuando la Autoridad Inspectiva reuna todos los requisitos precisados en la Ley Federal del Trabajo y en el Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones, en caso contrario, son completamente ilegales, y se pueden interponer los recursos administrativos para solicitar la nulidad del mismo, así todo lo actuado también será considerado como ilegal.

2. ¿Son obligatorias las Normas Oficiales Mexicanas?

Todas las Normas Oficiales Mexicanas son obligatorias y sancionables por STPS, pero no aplican en todos los centros de trabajo, por ejemplo, si una empresa no cuenta con maquinaria, como lo son los despachos contables, entonces las NOM-004-STPS-1999, no le será aplicalbe; pero al contar con instalaciones físicas y personal, la NOM-001-STPS-2008 si tendrá que aplicarla en las instalaciones del Despacho.

3. ¿Es obligatorio el equipo de protección personal, aunque la maquinaria sea segura?

La lógica de la NOM-017-STPS-2024 es que primero se analicen los riesgos y se determinen las medidas de control; el EPP puede utilizarse como complemento o cuando otras medidas no sean suficientes. Y esto es especialmente importante para las trefiladoras. Por ejemplo, no sería correcto decir simplemente "todos deben usar guantes". Si existe riesgo de atrapamiento con partes móviles, un guante inadecuado puede incrementar el riesgo. La NOM-017-2024 incluso contempla expresamente el problema de guantes holgados que puedan propiciar atrapamientos en maquinaria.

4. ¿Necesito un Diagnóstico en materia de seguridad e higiene?

Sí, ésta es una de las dudas más importantes, y es por donde se debe iniciar para regularizar un centro de trabajo. La NOM-030-STPS-2009, Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo—Funciones y actividades establece obligaciones relacionadas con la administración preventiva de la seguridad y salud. Aquí el tema es que ya no solo hablamos del Uso overol o coloca extintores y listo, se debe Identificar los riesgos, Evaluarlos, Controlar y dar seguimiento hasta lograr su completa corrección.

5. ¿Qué norma regula la señalización?

La NOM-026-STPS-2008, Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías, es la encargada de regualas la señalética en los centros de trabajo, y regula los temas de:

  1. Ruta de evacuación.
  2. Salida de emergencia.
  3. Equipo contra incendios.
  4. Obligación del equipo de protección personal.
  5. Tuberías que conduzcan fluidos.

Con todo esto podrás evitar multas y cualquier sanción administrativa.

Agente Capacitador Externo ante la STPS:
Nuestros cursos y constancias DC-3 son impartidos por PROYECTOS EN SEGURIDAD Y ECOLOGIA APLICADA
Registro de Institución Capacitadora Externa: PSE011219C670013

CURSO ¿CÓMO ATENDER UNA VISITA DE INSPECCIÓN EXTRAORDINARIA DE CONDICIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE? A IMPARTIRSE A TODO MÉXICO EN LINEA.

OBJETIVO.

El participante será capaz de desahogar Inspecciones Federales o Locales de condiciones generales de seguridad e higiene y de condiciones generales de trabajo, practicadas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

CONTENIDO TEMÁTICO

  1. Inspección Federal y Local del Trabajo.
    • 1.1. Ley Federal del Trabajo.
    • 1.2. Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones.
    • 1.3. Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo.
    • 1.4. Normatividad Oficial Mexicana, expedida por Secretaría del Trabajo.
    • 1.5. Procedimiento para la práctica de una visita de inspección en 2026.
  2. Inspección Extraordinaria de Condiciones de Seguridad e Higiene, documentación a presentar.
    • 2.1. Prevención, protección y combate de incendios.
    • 2.2. Equipo de protección personal.
    • 2.3. Comisión de seguridad e higiene.
    • 2.4. Iluminación.
    • 2.5. Código de colores y señalización.
    • 2.6. Instalaciones eléctricas.
    • 2.7. Servicios preventivos de seguridad y salud.
    • 2.8. Factores de riesgos psicosociales.
  3. Inspección Extraordinaria de Capacitación y Adiestramiento, documentación a presentar.
    • 3.1. Acceso a seguridad social.
    • 3.2. Regimen de subcontratación.
    • 3.3. Contrato para la prestación de servicios especializados.
    • 3.4. Protocolo para la inspección laboral con perspectiva de género.
    • 3.5. Protocolo para prevenir y erradicar el trabajo infantil y proteger el trabajo adolescente en edad permitida.
    • 3.6. Todos los formatos y documentos relativos a Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad.
    • 3.7. Planes y programas de capacitación, Lista de constancia de competencias o habilidades laborales y DC-3.
  4. Revisión del proceso administrativo para contestar un emplazamiento, así como para impugnar multas ante la autoridad o el Tribunal correspondiente.
    • 4.1. Citatorio para recibir la visita.
    • 4.2. Acta de Inspección de seguridad e higiene.
    • 4.3. Manifestaciones que se deben realizar al cierre del Acta.
    • 4.4. Manifestaciones del Artículo 68 de Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
    • 4.5. Emplazamiento de medidas de seguridad e higiene.
    • 4.6. Respuesta al Emplazamiento administrativo sancionador.
    • 4.7. Resolución Administrativa, expedida por STPS.
    • 4.8. Juicio de Nulidad de Resolución Administrativa ante el Tribunal de Justicia Administrativa.
Ingeniero recopilando información para determinar la clasificación de riesgo de incendio de la empresa

FECHA DE IMPARTICIÓN:
10 Y 11 DE SEPTIEMBRE de 2026.

LUGAR DE IMPARTICIÓN:
EN LINEA.

SE ENTREGARÁ:
Carpeta y DC-3.

DURACIÓN:
12 horas, 6 horas por día.

HORARIO:
De las 10:00 a las 17:00 horas.

CUPO MÁXIMO:
15 Participantes.

Ingeniero explicando a los trabajadores qué luminarias deben ser reemplazadas.


NOTA.- No olvides que el artículo 994, fracción V de la Ley Federal del Trabajo faculta a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a imponer multas que van de las 250 UMAS, como sanción mínima y un máximo de hasta 5,000 UMAS por cada violación a las NOM-STPS-2026 . Durante una visita de Inspección Extraordinaria de Seguridad e Higiene, o de Comprobación de Medidas.

Laboratorista químico realizando el trasvasado de una sustancia química peligrosa

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