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CURSO EN LINEA:
11 DE NOVIEMBRE 2026.

Tel. 55 4221 7040   |   rafael@rafael.com.mx

¿QUIERES APRENDER TODO SOBRE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD E HIGIENE?

Cuatro Preguntas más Frecuentes sobre el Curso:
INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD E HIGIENE, 2026

1. ¿Es obligatorio que en mi empresa se cuente con una Comisión de Seguridad e Higiene?

En México, el artículo 509 de la Ley Federal del Trabajo, así como el artículo 7 fracción IV del Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo y la NOM-019-STPS-2011; indican la obligación de contar con al menos una Comisión de Seguridad e Higiene en todo centro de trabajo.

2. Ahora bien, la siguiente pregunta lógica es: ¿cuál es el monto de la multa por no contar con la Comisión de Seguridad e Higiene?

Para poder realizar una adecuada y justa cuantificación, la Secretaría del Trabajo tomará en consideración el tamaño de la empresa infractora, esto es, el número de trabajadores afectados, la capacidad económica de la empresa infractora; así el artículo 994, fracción V de la Ley Federal del Trabajo establece que todas las violaciones a las normas de seguridad e higiene serán sancionadas de manera unitaria con montos van de las 250 UMAS ($29,327.50) a las 5,000 UMAS ($586,550.00).

3. ¿Cuántos trabajadores deben integrar la Comisión de Seguridad e Higiene?

Cuando se cuente con menos de 15 trabajadores, se constituirá por un trabajador y el patrón o su representante.
Cuando se cuente con 15 o más trabajadores, se constituirá por un Coordinador, un Secretario y la cantidad de vocales que acuerden de manera bipartita y paritaria.

4. ¿Con qué periodicidad deben realizarse los recorridos de verificación?

La NOM-019-STPS-2011, establece que los recorridos deberán realizarse al menos con una periodicidad trimestral.

Agente Capacitador Externo ante la STPS:
Nuestros cursos y constancias DC-3 son expedidos por PROYECTOS EN SEGURIDAD Y ECOLOGIA APLICADA
Registro de Institución Capacitadora Externa: PSE011219C670013

CURSO: INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD E HIGIENE IMPARTIDO A TODO MÉXICO EN LINEA.

OBJETIVO.

El participante al finalizar el curso será capaz de integrar y hacer funcionar la comisión de seguridad e higiene dentro de su empresa o establecimiento. Así como realizar los recorridos periódicos y levantar las actas correspondientes.

CONTENIDO TEMÁTICO

  1. Marco legal.
    • 1.1. ¿Qué es la comisión de seguridad e higiene?
    • 1.2. Conceptos básicos.
  2. ¿Cuál es el contenido de la NOM-019-STPS-2011?
    • 2.1. Campo de aplicación.
    • 2.2. Obligaciones del patrón.
    • 2.3. Obligaciones de los trabajadores.
    • 2.4. Integración de la comisión.
    • 2.5. Programa anual de verificaciones.
    • 2.6. Actas de recorrido (mensual, bimestral o trimestral).
    • 2.7. Organización.
  3. ¿Qué se debe revisar durante los recorridos?
    • 3.1. Instalaciones en general.
    • 3.2. Equipo de combate de incendios.
    • 3.3. Trabajos en alturas y espacios confinados.
    • 3.4. Equipo de protección personal.
    • 3.5. Niveles de iluminación en cada puesto de trabajo.
    • 3.6. Señalización.
    • 3.7. Factores de riesgo ergonómico y psicológicos
    • 3.8. Instalaciones eléctricas.
  4. ¿Qué documentación que debe generarse y resguardarse?
    • 4.1. Acta de integración.
    • 4.2. Programa anual de recorridos.
    • 4.3. Actas de recorrido y seguimiento de las medidas de seguridad e higiene.
    • 4.4. Actas extraordinarias.
    • 4.5. Actas de asignación de cargos.
    • 4.6. Reportes de los accidentes de trabajo y su investigación.
Técnico realizando la calibración de una válvula de seguridad

FECHA DE IMPARTICIÓN:
11 DE NOVIEMBRE DE 2026.

LUGAR DE IMPARTICIÓN:
EN LINEA.

SE ENTREGARÁ:
Carpeta y DC-3.

DURACIÓN:
8 horas en un solo día.

HORARIO:
De las 9:00 a las 14:00 horas y de las 15:00 a las 18:00 horas.

CUPO MÁXIMO:
15 Participantes.

Grupo de contratistas siendo capacitados en las instrucciones de seguridad para la prevención de incendios aplicables en cada área del centro de trabajo


NOTA.- No olvides que el artículo 994, fracción V de la Ley Federal del Trabajo faculta a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a imponer multas que van de las 250 UMAS, como sanción mínima y un máximo de hasta 5,000 UMAS por cada violación a las NOM-STPS-2026 . Durante una visita de Inspección Extraordinaria de Seguridad e Higiene, o de Comprobación de Medidas.

Ingeniero industrial impartiendo capacitación para trabajos a temperaturas de congelación

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